Descripción de la obra
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El derecho
administrativo está montado sobre el principio de legalidad, de manera que
puede hablarse de tal derecho administrativo cuando los órganos del Estado que
conforman la Administración Pública están sometidos al derecho y,
particularmente, al derecho desarrollado para normar sus actuaciones.
El principio de
legalidad es el primero de los principios del derecho administrativo que ha
sido constitucionalizado, como consecuencia de la concepción del Estado como
Estado de derecho, que implica la necesaria sumisión de sus órganos al
ordenamiento jurídico, el cual está compuesto por la propia Constitución, que
tiene aplicación directa como norma, por las leyes y, además, por el conjunto de
reglamentos y normas dictados por las autoridades competentes.
Conforme a este
principio de sumisión del Estado a la ley y al derecho, es decir, el principio
de legalidad, todas las actividades de los órganos del Estado, y de sus
autoridades y funcionarios, deben realizarse conforme a la Constitución y la
ley, y dentro de los límites establecidos por las mismas. Ahora bien, en
relación con el principio de legalidad, en el ordenamiento jurídico se
distinguen siempre, por una parte, las normas que integran la Constitución en
sí misma, como derecho positivo superior; y por la otra, las normas que son
sancionadas por una autoridad con poderes derivados de la Constitución.
El derecho
administrativo, como derecho que rige la organización y funcionamiento de la administración
Pública, está condicionado por la concreta organización constitucional del
Estado, pues de ella deriva que exista una Administración Pública, o múltiples
Administraciones Pública, personificadas o no.