Descripción de la obra
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Otro aspecto destacable de esta obra es la reflexión
que la autora efectúa sobre los actos administrativos vinculados y los actos
administrativos discrecionales. Se sabe que los primeros resultan del ejercicio
puro de la legalidad administrativa en su sentido más estricto, mientras que
los actos administrativos discrecionales se configuran cuando se le atribuye un
cierto margen de discrecionalidad a la Administración para
que, ante un caso concreto, pueda actuar de la forma más justa, siempre que
respete los criterios de conveniencia y oportunidad. Sobre esta clasificación,
la autora señala que un acto administrativo no es plenamente vinculado ni
plenamente discrecional, dado que en el supuesto del acto administrativo
vinculado el sujeto competente deberá analizar la norma general y abstracta que
aplicará al caso concreto, lo cual ya establece un juicio de valor. En ese
mismo sentido, cuando la
Administración emita un acto administrativo discrecional, no
puede alejarse de los presupuestos de legitimidad, vale decir, no puede atentar
contra los elementos del sistema jurídico. Por lo tanto, ante la emisión de un
acto administrativo siempre habrá un juicio de valor, lo cual tornará
discrecional el acto, pero a su vez deberá estar sujeto a los principios del
sistema jurídico, por lo que será vinculado.
César Talledo
Mazú
Expresidente del
Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT) y de la Asociación Fiscal
Internacional (IFA) Grupo Peruano.
Socio principal del
Estudio Talledo Abogados y de la