Descripción de la obra
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La
cláusula compromisoria se concluye inter-partes antes de que hayan surgido las
controversias, mientras que entre ellas hay solamente una relación de la cual
podrán surgir dichas controversias.
Pero
parece ser que mediante una interpretación analógica, que según la ratio legishabría que considerar admisible, la cláusula puede
ser concluida también entre las partes de una relación preexistente que no
nazca de contrato (por ejemplo, de una relación de vecindad, o de ejercicio de
una servidumbre, o de comunidad incidental de origen extracontractual, etc.).