Descripción de la obra
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El acto administrativo, así, sin duda, es la noción
más importante del derecho administrativo; es más, sin acto administrativo
éste, simplemente, no existiría ni tendría razón de ser. Por ello, podemos
decir sin temor a equivocarnos que todo el derecho administrativo gira en torno
a este concepto fundamental; y podemos decir, además, que el derecho
administrativo, como el derecho que regula la actividad administrativa, siempre
se traduce o tiene como presupuesto un acto administrativo.
Para constatar esta estrecha relación entre el
derecho administrativo y el acto administrativo, basta que analicemos un poco
más detenidamente el objeto de nuestra disciplina, y que hemos plasmado en la
siguiente definición del derecho administrativo, por su objeto, que no es más
que una pequeña ampliación de la que antes formulamos en páginas anteriores:
Hemos dicho que el derecho administrativo es aquella
rama del derecho que regula a la Administración Pública
como complejo orgánico del Estado, su organización y funcionamiento; que norma
el ejercicio de la función administrativa por los órganos del Estado, aun los
que no forman parte del Ejecutivo ni de la Administración; que
regula la actividad administrativa del Estado; y que norma las relaciones
jurídicas que se establecen entre las personas jurídicas estatales y no
estatales que actúan como Administración Pública y los particulares, tanto con
motivo del ejercicio de la función administrativa como de la realización de
alguna actividad administrativa.