Descripción de la obra
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Los
hombres, para realizar algunos fines de interés común, tienden naturalmente a
asociar sus fuerzas, y nacen así las asociaciones, las corporaciones, las
fundaciones y otras formas de agregación colectiva. Mas como, para conseguir el
fin para el cual los hombres se reúnen, ha habido que reconocer la necesidad de
conceder a tales agregaciones un patrimonio y la capacidad de entrar en
relaciones patrimoniales, se ha venido así a admitir que puede ser sujeto de
relaciones de derecho un ente que no es persona natural, que no tiene la
individualidad como el hombre. Los juristas, después, han empezado a, investigar
cuál es la condición del sujeto de derecho en el caso que el patrimonio y la
capacidad de entrar en relaciones patrimoniales y de contraer obligaciones se
atribuyan a una agregación cualquiera, a un ente colectivo.